Puedes asegurar a tus padres sin problema alguno, siempre y cuando sean menores a 69 años de edad y no pueden ser dependientes dentro de tu propia póliza; en este caso deberá realizar el trámite de una nueva póliza para tus padres.
Lamentablemente en el proceso de su embarazo no puede optar por el seguro, lo que puede realizar es asegurar a su esposo para que su bebé pueda optar por cobertura. Si por algún índole no puede asegurar a su esposo, deberá de esperar 3 meses después de la fecha de parto para poder optar por el seguro y así también asegurar a su bebé.
Sí, siempre y cuando tengan 18 años de edad; en el caso de los hijos menores de edad no puede realizarse esta solicitud, deberá ser agregado como dependiente en la póliza que posee su padre, madre o representante legal.
La cobertura del seguro no es a un 100%, como asegurado siempre deberá participar con un porcentaje dependiendo de las condiciones de la póliza y el plan que ha adquirido y la aseguradora participa con el otro porcentaje.
No puede realizar esto ya que los seguros no le cubren diagnósticos existentes, solo cubren aquellos diagnósticos que han ocurrido a partir de la fecha en que fue adquirido el seguro y se encuentren cubiertos por la póliza.
Sí, siempre y cuando se encuentre cubierto por la póliza y no sea preexistente.
Cobertura para visita médica y/o asistencia de ambulancia las 24 horas (las visitas médicas y ambulancia es aplicable en la zona metropolitana de San Salvador), acceso a los mejores y más reconocidos hospitales del país, farmacias y laboratorios.
El pago que realizará mensual por su seguro de PSM dependerá de su edad y el número de dependientes que tendrá dentro de su póliza.
Para adquirir el seguro debe de realizarse una evaluación de su masa corporal y si se encuentra dentro del rango para ser aplicable al mismo.
El pago del seguro dependerá del tiempo que usted considere conveniente tener el seguro, ya que no se encuentra ligado a un contrato.
En caso de que suceda el fallecimiento del titular, sus dependientes seguirán cubiertos un año más sin pago de prima.
Puedes asegurar a tus padres sin problema alguno, siempre y cuando sean menores a 69 años de edad y no pueden ser dependientes dentro de tu propia póliza; en este caso deberá realizar el trámite de una nueva póliza para tus padres.
Lamentablemente en el proceso de su embarazo no puede optar por el seguro, lo que puede realizar es asegurar a su esposo para que su bebé pueda optar por cobertura. Si por algún índole no puede asegurar a su esposo, deberá de esperar 3 meses después de la fecha de parto para poder optar por el seguro y así también asegurar a su bebé.
Sí, siempre y cuando tengan 18 años de edad; en el caso de los hijos menores de edad no puede realizarse esta solicitud, deberá ser agregado como dependiente en la póliza que posee su padre, madre o representante legal.
La cobertura del seguro no es a un 100%, como asegurado siempre deberá participar con un porcentaje dependiendo de las condiciones de la póliza y el plan que ha adquirido y la aseguradora participa con el otro porcentaje.
No puede realizar esto ya que los seguros no le cubren diagnósticos existentes, solo cubren aquellos diagnósticos que han ocurrido a partir de la fecha en que fue adquirido el seguro y se encuentren cubiertos por la póliza.
Sí, siempre y cuando se encuentre cubierto por la póliza y no sea preexistente.
Cobertura para visita médica y/o asistencia de ambulancia las 24 horas (las visitas médicas y ambulancia es aplicable en la zona metropolitana de San Salvador), acceso a los mejores y más reconocidos hospitales del país, farmacias y laboratorios.
El pago que realizará mensual por su seguro de PSM dependerá de su edad y el número de dependientes que tendrá dentro de su póliza.
Para adquirir el seguro debe de realizarse una evaluación de su masa corporal y si se encuentra dentro del rango para ser aplicable al mismo.
El pago del seguro dependerá del tiempo que usted considere conveniente tener el seguro, ya que no se encuentra ligado a un contrato.
En caso de que suceda el fallecimiento del titular, sus dependientes seguirán cubiertos un año más sin pago de prima.